La comunitat de Madrid evita que els alumnes de primària i secundària usin els dispositius digitals individualment

La Comunidad de Madrid no permitirá trabajar de forma individual con dispositivos digitales en Infantil y Primaria

Decreto 64/2025, de 23 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y limita el uso de dispositivos digitales en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid. [1]

https://www.bocm.es/eli/es-md/d/2025/07/23/64/con

Artículo 2. Fines

  1. El desarrollo de la competencia digital contribuirá a la adquisición de habilidades de interpretación, organización y análisis de la información, así como a la consecución de estrategias que promuevan el uso seguro del entorno digital, la toma de conciencia de los riesgos y su gestión, aprendiendo a evitarlos o minimizarlos.
  2. Se velará por garantizar el desarrollo integral de los alumnos y, para ello, se les formará en el uso de los medios tecnológicos, protegiendo a la infancia y enseñando progresivamente a los adolescentes, evitando el uso individual de los dispositivos digitales en los centros educativos en los términos dispuestos en el presente decreto, y salvo casos justificados y debidamente acreditados por los servicios de orientación o servicios médicos.
  3. Al objeto de garantizar, fomentar y estimular el desarrollo personal, social y cognitivo de los alumnos, se limitará el tiempo de exposición a dispositivos digitales a lo largo de la jornada escolar, impulsando estrategias de aprendizaje basadas en la escritura, lectura, observación, experimentación y manipulación, asentando aquellos contenidos más memorísticos. En todo caso, los centros en el ejercicio de su autonomía promoverán la reflexión conjunta de los equipos docentes acerca del uso de los medios tecnológicos y bajo la supervisión docente, seleccionarán entornos digitales adecuados y seguros para la infancia y la adolescencia.
  4. En todas las etapas educativas se podrán planificar propuestas formativas y de sensibilización dirigidas tanto a los alumnos como a sus familias.
  5. De acuerdo con las limitaciones establecidas para cada una de las enseñanzas dentro del ámbito de aplicación de este decreto, se evitará que los alumnos realicen tareas académicas evaluables fuera del horario escolar utilizando dispositivos digitales, salvo en aquellas situaciones que concurran razones de necesidad y excepcionalidad.


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